jueves, 10 de septiembre de 2015

¿LLEGÓ A NUEVO LEÓN EL DIVORCIO EXPRÉS?


“El divorcio incausado, sin expresión de causa o “Divorcio exprés” como se conoce en algunas entidades del país, incluyendo el Distrito Federal, se propone como una alternativa que permite a las partes hacer uso de su libertad para concluir un matrimonio que ha fracasado”[1].

Consideramos necesario establecer, en primer lugar que el procedimiento de Divorcio en el estado de Nuevo León, tal como está legislado en la actualidad, resulta en tres vías:

El Divorcio Administrativo ante el Juez del Registro Civil, en el que se requiere que los esposos sean mayores de edad, tengan más de un año de casados, sin hijos vivos o concebidos y de común acuerdo hayan liquidado la sociedad conyugal, si se casaron bajo ese régimen.
El Divorcio Voluntario, que responde a la libre voluntad de las personas para poner fin a su vínculo conyugal.
El Divorcio Necesario (o con causa), es decir, aquel en el que uno de los miembros acusa al otro, aludiendo alguno de los motivos que establece la ley. (Artículo 267 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, adulterio debidamente probado, violencia, separación, incumplimiento de obligaciones, entre las comunes).

Sabemos que la gran mayoría de los divorcios en nuestro estado, resultan de la voluntad de las partes, y el divorcio con causas, se encuentra cada vez más en desuso, pues limita la libertad de las partes para poner fin a un matrimonio que no satisface sus expectativas.

Desde el 2008 para el Distrito Federal, y posteriormente para otras entidades como Coahuila, Guerreo, Quintana Roo, Hidalgo, Sinaloa, entre otras, se instituyó el divorcio sin expresión de causa. Así, se volvió más fácil tramitar un Divorcio, por ejemplo, solo basta la solicitud unilateral de uno de los cónyuges, quien no está obligado a señalar la causa de su petición. Sin embargo, en estas entidades, el procedimiento se encuentra debidamente regulado y se han realizado ya las reformas pertinentes en cada legislación.

Ahora bien, en Febrero de 2015, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió por mayoría de votos, uno de los mayores precedentes en materia familiar, terminando con el problema de la obligación para los cónyuges de acreditar causales para terminar con el vínculo matrimonial. La resolución derivó de una contradicción de tesis, en la que tribunales colegiados tenían opuestas posturas sobre la constitucionalidad del régimen para disolver el matrimonio contemplado en las legislaciones de los estados de Morelos y Veracruz, en ambos estados, la legislación exigía acreditar causales de parte de los cónyuges para poder divorciarse.

Como ya se indicó, por mayoría de votos, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fallaron que, cuando se demanda el divorcio necesario, la disolución del matrimonio que rige en los estados ya citados, trasgrede el “derecho al libre desarrollo de la personalidad”. 

Si buscamos el derecho al libre desarrollo a la personalidad en nuestra Constitución, no lo encontraremos como tal, pero en algunas normas se hace alusión al mismo sin ningún desarrollo acerca del contenido y alcance de este derecho. Sin embargo, bien sabemos que el derecho al libre desarrollo de la personalidad sí está protegido en México pues podemos verlo implícito en el reconocimiento constitucional de la dignidad humana y el establecimiento de las garantías individuales de libertad e igualdad.

Por tanto, la SCJN, dictaminó que si alguno de los cónyuges quiere disolver su matrimonio, puede hacerlo ejerciendo su derecho al libre desarrollo de la personalidad, pues se traduce en la forma en que las personas quieren vivir su vida; decidiendo de manera libre y autónoma su proyecto de vida. A continuación transcribimos la Tesis en comento:

Época: Décima Época
Registro: 2008492
Instancia: Primera Sala
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 15, Febrero de 2015, Tomo II
Materia(s): Constitucional
Tesis: 1a. LIX/2015 (10a.)
Página: 1392

DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA. CONSTITUYE UNA FORMA DE EJERCER EL DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD.

En el divorcio sin expresión de causa, es suficiente la solicitud unilateral de la disolución del matrimonio para que el juez la decrete aun sin causa para ello, donde incluso no importa la posible oposición del diverso consorte, pues la voluntad del individuo de no seguir vinculado con su cónyuge es preponderante, la cual no está supeditada a explicación alguna, sino simplemente a su deseo de ya no continuar casado, por lo que la sola manifestación de voluntad de no querer continuar con el matrimonio es suficiente. Así, dicha manifestación constituye una forma de ejercer el derecho al libre desarrollo de la personalidad, pues decidir no continuar casado y cambiar de estado civil, constituye la forma en que el individuo desea proyectarse y vivir su vida; es decir, el modo en que decide de manera libre y autónoma su proyecto de vida.

Amparo directo en revisión 1819/2014. 22 de octubre de 2014. Mayoría de cuatro votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Disidente: José Ramón Cossío Díaz, quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada.

Esta tesis se publicó el viernes 20 de febrero de 2015 a las 9:30 horas en el Semanario Judicial de la Federación.

En virtud de lo anterior, el divorcio necesario que obliga al interesado a demostrar una causal es inconstitucional, según lo determinó la primera sala de la SCJN, por lo que en Nuevo León y a nivel nacional es posible llegar a la disolución del vínculo matrimonial con la simple solicitud de uno de los cónyuges, y aún con la oposición del otro.

Es importante recalcar, que no existe aún en nuestro estado legislación o reforma alguna que señale el procedimiento a seguir para solicitar el divorcio sin causa, pero de entrada sabemos que habrá de pedirlo la parte interesada al Juez de lo Familiar, quien dará vista a la otra parte, para no vulnerar su Derecho de Audiencia. Sin embargo, aunque exista oposición, el Juez habrá de decretar la disolución del vínculo matrimonial en virtud del criterio emitido por la SCJN. Y en este punto, es menester expresar que las obligaciones derivadas del matrimonio como cuestiones de Convivencia con Menores o Alimentos, habrán de tramitarse de manera independiente al proceso de Divorcio sin Causa, a diferencia del Distrito Federal y otros estados donde el procedimiento se encuentra regulado y no se descuidan las obligaciones citadas.

Debemos estar conscientes de que la realidad que afrontamos, genera la necesidad de implementar procedimientos que respondan a las necesidades de la sociedad y si bien sabemos que el Estado debe ponderar la integración familiar, también se estima conveniente que otorgue a los ciudadanos el derecho de solicitar de manera unilateral y libre, la disolución del vínculo por ser simplemente su voluntad ya no continuar unidos en matrimonio, sin que lo anterior implique relevarlos del cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo. Consideramos que el Divorcio Incausado evitará prolongar los desgastes emocionales entre los interesados, se tramitará en forma más rápida y ágil, no representará mayor costo para las partes en juicio.

Si usted desea más información sobre el procedimiento aquí tratado, no dude en contactarnos.




[1] Por Lic. Cynthia Carrillo Ramírez.



11 comentarios:

  1. Actualmente existe el divorcio express en nuevo león?, se puede tramitar desde el exterior? A donde me comunico? Gracias

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  2. Actualmente existe el divorcio express en nuevo león?, se puede tramitar desde el exterior? A donde me comunico? Gracias

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  3. Actualmente existe el divorcio express en nuevo león?, se puede tramitar desde el exterior? A donde me comunico? Gracias

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  4. Actualmente existe el divorcio express en nuevo león?, se puede tramitar desde el exterior? A donde me comunico? Gracias

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  5. En divorcio incausado como se arreglan los bienes mancomunados??

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  6. Como podemos ver es al hombre al que mas le interesa ordenar un divorcio sin tomar en cuenta el derecho al libre desarrollo de la personalidad de AMBOS cónyuges. El matrimonio no es un juego das tu vida tus mejores años y ahora resulta que te utilizaron como su prostituta mientras fuiste joven ..y en tres meses tu esposo ya no tiene la responsabilidad de cuidar de ti y responder como esposo como lo juró ante la ley. Debemos demandar a este congreso por trasgredir los derechos humanos de las mujeres por utilizarnos como esclvas del hogar y de trabajo, esclavas sexuales de un hombre que nos engañó con otra mujer y nos engañó en nuestro proyecto de vida trasgrediendo mi derecho a derecho al libre desarrollo de la personalidad,porque como mi vida la quiero vivir es casada con la dignidad de mi estado civil de casada con el hombre que respondió a esa responsabilidad legalmente con el apellido de casada que se me otorgo legalmente cuando me casé. No a la escalvitud sexual y laboral donde se nos engaña con un papel para dignificar tal mounstrosidad donde cuando dejes de ser le útil a ese hombre en 3 meses ya no tienes tu estado civil de casada porque ese hombre pagó 3 mil pesos para que ya no seas señora casada porque ese hombre tu esposo lo quiso simplemente por eso.Y te mandará a la calle porque si aún tienes fuerzas para lavar un plato te negará el juez cualquier pensión alimenticia. Que Dios los condene al infierno después de esta vida Amén.








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  7. solo una persona que le gusta ser humillada por alguien que ya no la quiere y no la valora piensa asi.. agradece que no te haga perder mas tu tiempo

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  8. Yo prefiero el divorcio que estar con alguien que no me valora ni me da mi lugar, prefiero quedarme con mi dignidad que tener a mi lado a un hombre a la fuerza.

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  9. me pàrece operfecto lo del divorcio incausal o express pero y si, el es`poso la abandono y sefue a estados unidos y este la embaraso aya y ledijo veteb a mexico y te traes a los de mas hijos pero pues el ya no estaba donde estaban viviendo cuando regreso y la dejo embarasada, pero ella se alivio en estados unidos y después ella se fue amexico sele puede demandar o no y solicitar el divorcio express o el necesario

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